Se dice que un vehículo con embargo, se distingue como un bien retenido a consecuencia de las deudas que posee su propietario en relación con el coche. Aunque la carga por embargo puede estar vinculada a múltiples razones, el titular puede seguir circulando con él. La deuda se mantendrá hasta que esta sea cancelada o el coche sea vendido y el embargo pase al nuevo propietario. Si quieres conocer muchos más detalles de lo que significa tener un coche con dichas características, continúa leyendo las siguientes líneas.
¿Quiénes pueden declarar un vehículo con embargo?

Cuando un coche posee algún tipo de deuda, esta puede estar vinculada con organismos públicos como un juez, el Ayuntamiento, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Agencia Tributaria, entre otros organismos competentes. O en su defecto, a entes privados como espacios financieros que han otorgado el crédito para la compra del coche.
Una vez cualquiera de los organismos antes mencionados proceden a poner el embargo, este es visto como una anotación preventiva para que el propietario se coloque al día con la deuda que acredita. No obstante, en caso que pase el tiempo y el titular no responda de ninguna manera por la deuda, los organismos están en la plena libertad de retener el vehículo. Y proceder a realizar la actividad de subasta que les permita subsanar el valor que el propietario está debiendo.
Qué más saber de los vehículos con embargo

Además de los elementos que se han descrito anteriormente, debes saber que en muchas ocasiones los usuarios terminan con un embargo simplemente por no abonar a tiempo una multa que se le ha impuesto. Aunque estas normalmente se suelen descontar de forma automática de una cuenta bancaria, es posible que en su momento no haya contado con saldo suficiente y simplemente no te percataste de la situación.
Asimismo, aunque el coche presente una situación de embargo la póliza de seguro es un tema que no te debe preocupar. Ya que esta se mantendrá vigente sin ningún tipo de alteración. Otro de los elementos con los que puedes estar tranquilo, es que el embargo no te impide que puedas movilizarte de manera libre y sin restricciones por las diversas arterias viales.
De los que si debes estar consiente, es que una vez decidas poner en venta el coche, lo puedes hacer sin ningún problema. Salvo que el nuevo comprador deberá hacerse cargo de la deuda que este posee. Para ello, la Dirección General de Tráfico le notificará la situación. Y le hará firmar un documento en el que indique que el ciudadano está al tanto de dicho compromiso.
¿Qué hacer si me detienen los organismos de seguridad?
Esta es una interrogante que inquieta mucho a los usuarios que poseen un vehículo con embargo. Pero la verdad, es que puedes estar totalmente tranquilo en caso que vayas circulando por cualquier calle y te detenga la Policía o la Guardia Civil.
Debes tener en cuenta, que aunque estos puedan tener previos conocimientos del embargo del coche. No es un delito que te puedas movilizar con toda libertad en él. Ni supone de ninguna manera una falta administrativa.
La única manera que cualquiera de los organismos antes mencionados te prohíban la circulación del coche, es que pasado el tiempo te coloquen un embargo precintado. Esta si es una medida cautelar que determina que el coche no puede ser utilizado. Y por consiguiente, los órganos de seguridad podrían proceder a retenerlo.
¿Cómo se puede anular el embargo de un vehículo?
El primer paso para librar un vehículo con embargos, es haciendo la cancelación de la deuda en tiempo oportuno. En todo caso, los embargos que se imponen por deudas a los coches tiene una validez de aproximadamente 4 años. Esto quiere decir que si pasado este tiempo el reclamo por el organismo competente no se renueva, el embargo es absuelto y el vehículo queda libre de dicha carga.

Es por ello, que muchos usuarios buscan la manera de adquirir un vehículo con embargo. Ya que estos suelen ser vendidos a precios bajos por la situación de deuda que este pueda tener. Todo depende de la complejidad del caso y de cuanto se demore realizar los trámites pertinentes.

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