En algún momento de la vida las personas desean adquirir un coche y en ocasiones, el leasing suele ser una adecuada alternativa para este paso. No obstante, es muy probable que después de que adquieras el vehículo bajo esta modalidad desees comercializarlo. Pero para ello, debes conocer ciertos parámetros que te ayudarán a determinar si se puede o no vender el coche de leasing. Más detalles con relación al tema, te explicamos en las próximas líneas.
¿Qué es un coche de leasing?

Antes de entrar en cualquier detalle de venta, es necesario que tengas en cuenta que el leasing, es un método que en los últimos tiempos han implementado las empresas, para dar un coche en forma de alquiler por medio de un contrato firmado. Dicho proceso establece que, al finalizar el tiempo de contrato (24 meses como mínimo), el usuario decide si renueva el documento, entrega el coche o compra el bien.
Es importante destacar que, una de las condiciones más importantes de estos contratos es que las personas que alquilan el coche, se hacen completamente responsables de todo lo que pueda suceder con el vehículo durante este tiempo. Además, debe ser entregado en óptimas condiciones como lo ha recibido.
¿Se puede vender el coche de leasing?

Aunque muchas personas digan que No, la verdad es que hoy en día Si es posible vender el coche de leasing, siempre y cuando la persona abone en su totalidad el valor de este contrato. Incluso, el usuario tiene la accesibilidad de pagar este leasing y adquirir otro vehículo (en la misma entidad), dando este como parte de pago.
Se dice que, mientras la persona realice este procedimiento no deberá abonar ningún tipo de penalización, por incumplimiento de lo establecido en el documento que se ha firmado previamente.
No obstante, la recomendación de los especialistas en estos temas cuando las personas quieren vender el coche de leasing antes de que culmine el contrato, es que primero se evalúen las cláusulas del contrato y posteriormente, si se tome la decisión que sea más viable para ambas partes.
¿Cuáles son los diferentes tipos de leasing que puedes adquirir?
Para que tengas una idea mucho más clara de lo que te puedes conseguir durante la revisión del contrato, en los próximos párrafos describiremos los dos tipos de contratos que estas empresas en líneas generales suelen plantear. Estos son:
- Contrato en formato cerrado: cuando el usuario firma este tipo de contratos, es porque se compromete a entregar el coche pasado el tiempo indicado exactamente en las mismas condiciones en que lo ha recibido.
- Contrato en formato abierto: por su parte este tipo de contrato, establece una cláusula en donde obliga al sujeto a adquirir el coche cuando haya finalizado el tiempo de alquiler.
Lo más importante de este tipo de negociación es que, cada vez que se culmine el contrato puedes renovar el bien por uno más nuevo y de mejores características. Además de ello, estos mecanismos les ofrecen a las personas la cancelación de cuotas realmente bajas y sin tener que proporcionar ningún tipo de inicial.
¿Qué saber del leasing?
Cuando tomes la decisión de adquirir un vehículo bajo la condición de leasing, es indispensable que tengas claros ciertos elementos. Algunos de ellos te los detallaremos a continuación:

- El coche se mantiene en un estatus de alquiler. Por tanto, mientras no finalice el contrato y decidas comprarlo, no eres el dueño del bien.
- Cuando se firma el contrato, la empresa establece un límite de kilometraje por el tiempo firmado (24 meses). En caso de incumplimiento, deberás abonar una penalización por esta razón.
- Dependiendo de las cláusulas del contrato es posible que abones o no un valor de penalización por vender antes de finalizar el contrato el coche.
- El valor del seguro para los coches en condiciones de alquiler, suele ser mucho más elevado que para los convencionales.
Con base en todo esto, puedes analizar si es la mejor opción para adquirir un coche. Ten presente que, en ocasiones es posible que al finalizar el contrato tengas que abonar importes adicionales por desgaste del vehículo, todo dependerá de lo que se establezca en el documento firmado.

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